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Ayudas de emergencia social. Ano 2022

Hasta el día 15 de noviembre está abierto el plazo del Programa Ayudas de Emergencia Social 2022.

Estas ayudas están dirigidas a personas emigrantes de nacionalidad española y de origen gallego residentes en el exterior, que carezcan de los recursos económicos necesarios para atender situaciones sobrevenidas de carácter extraordinario de emergencia social, sanitaria o asistencial, que precisen de una actuación urgente para evitar o paliar situaciones de necesidad, exclusión social, por enfermedad o muerte por la COVID-19, así como las que tengan por objeto sufragar los costes de los viajes que tengan que realizar, por razones de estas características.

Información e instrucciones para la cumplimentación de solicitudes.


Resolución de la convocatoria: Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se convocan ayudas de emergencia social para el año 2022 (DOG núm. 33, de 17 de febrero).


Entidad: Secretaría Xeral da Emigración


Fecha de publicación: 17.02.2022


Estado: Procedimiento abierto


Objeto y finalidad de las ayudas: Esta resolución tiene por objeto convocar las ayudas de emergencia social para el año 2022, cuyas bases reguladoras fueron publicadas en el DOG núm. 58, de 26 de marzo de 2021. Estas ayudas están dirigidas a personas emigrantes de nacionalidad española y de origen gallego residentes en el exterior, que carezcan de los recursos económicos necesarios para atender situaciones sobrevenidas de carácter extraordinario de emergencia social, sanitaria o asistencial, que precisen de una actuación urgente para evitar o paliar situaciones de necesidad, exclusión social, por enfermedad o muerte por la COVID-19, así como las que tengan por objeto sufragar los costes de los viajes que tengan que realizar, por razones de estas características.

Personas beneficiarias:

  1. Las personas emigrantes gallegas y sus hijos/as, que posean la condición de personas gallegas residentes en el exterior.

  2. Excepcionalmente, en caso de que las personas a las que se refiere el punto 1 tengan que realizar un viaje por razones humanitarias, y no puedan valerse por sí mismas, también podrá ser beneficiaria una persona acompañante.

Requisitos de las personas beneficiarias:

  • a) Tener rentas o ingresos insuficientes.

  • b) Tener patrimonio insuficiente

  • c) Acreditar razones de carácter social, sanitario o asistencial de situaciones sobrevenidas en un tiempo próximo al de la solicitud, como máximo en los últimos doce meses que, por su gravedad, requieran una actuación urgente o acrediten la necesidad de realizar el viaje por mor de esta razón y, en particular, las derivadas de la actual situación de pandemia de coronavirus.

Plazo de presentación de solicitudes y documentación a presentar: Plazo de presentación de solicitudes: desde el 18.02.2022 hasta el 15.11.2022, ambos incluidos. Los modelos normalizados de solicitud podrán obtenerse en las páginas web: https://sede.xunta.gal y https://emigracion.xunta.gal.

Lugar de presentación de la documentación: Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365).


FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES:


Las bases que regulan esta orden de convocatoria fueron publicadas mediante la Resolución del 2 de marzo de 2021, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas de emergencia social (DOG núm. 58, del 26 de marzo): pinchar aquí para descargar.


Texto íntegro de la convocatoria en el D.O.G.: (pinchar aquí para descargar)


Extracto de la convocatoria en el D.O.G.: (pinchar aquí para descargar)


Finalización del plazo de presentación de solicitudes:

15.11.2022


El anexo II solo se cubre en caso de solicitar un viaje humanitario.

Este programa de Ayudas es incompatible con el programa Ayudas Económicas Individuales 2022.



Fuente: emigracion.xunta.gal

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