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Bizum: ¿por qué lo permiten los bancos si es gratis? ¿Pueden usarlo los comercios?

El servicio de pago a través del móvil es ya el más popular entre los españoles


«Hacer un bizum» forma parte ya del lenguaje cotidiano de los españoles. La plataforma de pagos a través del móvil se creó en España hace cinco años para resolver algunos pequeños problemas y facilitar la vida de los clientes. Por ejemplo, repartir el coste de una cena entre amigos, o pagar a escote un regalo de cumpleaños. Con Bizum cualquiera puede enviar dinero a otra persona a través del móvil con solo disponer de su número de teléfono, sin necesidad de conocer el número de la cuenta bancaria de quien va a recibir el dinero. Hacer las cosas fáciles a los consumidores suele tener éxito. Y Bizum lo ha conseguido: cuenta con más de 15 millones de usuarios y ha movido 18.000 millones de euros en transferencias desde que vio la luz. Su triunfo en España es rotundo.


Ahí van algunas cuestiones básicas que servirán para solventar las dudas de quienes aún no estén familiarizados en el servicio.



¿Quién puede usarlo?

Cualquiera que tenga una cuenta bancaria en España en alguna de las entidades que ofrecen el servicio, y un número de teléfono. La mayoría de los bancos tienen Bizum integrado en sus aplicaciones móviles. Otros obligan a descargarse una app específica.


¿Cuánto tarda el dinero en llegar a su destinatario?

De inmediato. Uno de los principales argumentos que juegan a favor de Bizum frente a las transferencias convencionales es que el dinero llega al momento, con independencia del banco con el opera el destinatario. Tarda menos de cinco segundos.


¿Es gratis?

Sí. El servicio es totalmente gratuito, así que los usuarios se ahorran las posibles comisiones. Eso sí, en la teoría está sujeto a las políticas de cada entidad, que podría imponer algún coste, aunque ninguna lo ha hecho todavía.


¿Y por qué lo permiten los bancos si es gratis?

Lo cierto es que Bizum es una iniciativa conjunta de la mayoría de las entidades bancarias españolas. En concreto, de 26 bancos que poseen el 95 % de la cuota de mercado. Lo lanzaron en el 2016 a raíz de una directiva de la Unión Europea que pedía implantar transferencias inmediatas. ¿Qué objetivo tenían? Atraer a clientes hacia la banca online, sobre todo a los jóvenes. Por lo que la pérdida de dinero en comisiones les salía rentable.


¿Pueden usarlo los comercios?

Depende. Los bancos son los responsables de ofrecer soluciones a medida para los negocios y, por ahora, solo ofertan alternativas para usarlo en ventas online. Ahorrarse las comisiones de los datáfonos en los pagos con tarjeta ha llevado a muchos pequeños comercios a utilizar el Bizum como método de cobro. Por ejemplo en una frutería, en la que una compra puede no superar ni el euro, no sale rentable pagar una comisión por cada venta con tarjeta. Así que cada vez es más habitual que utilicen Bizum para cobrar, como cualquier particular. Sin embargo, desde la propia compañía señalan que no es un servicio pensado para estos casos.


¿Tiene limitaciones?

Sí. Precisamente y para evitar que lo usen los comercios a pie de calle, ya se han impuesto cambios en el servicio. El pasado 15 de junio la plataforma estableció un nuevo límite de operaciones. Antes los usuarios podían recibir dinero 150 veces, ahora el máximo es de 60. También hay restricciones en cuanto a la cantidad. Cincuenta céntimos es lo mínimo que se puede enviar; y mil euros, el máximo.


¿Entonces, en qué comercios puedo usarlo?

En su página web hay un listado de todas las entidades que tienen disponible el pago con este método. Pero, por poner algunos ejemplos, la buena aceptación del servicio ha hecho que desde comprar un billete de tren en Renfe, hasta pagar facturas con alguna operadora móvil, sea ya posible. También es un método normalizado para realizar donaciones a numerosas oenegé.


¿Hacienda puede rastrear mis movimientos?

Sí, pero como puede rastrear cualquier otra gestión bancaria que considere sospechosa. Todos los bizums quedan registrados en la cuenta como un movimiento más. No hay ninguna diferencia. Por lo que las razones para que el fisco investigue, son las mismas que para las transferencias bancarias convencionales.




O Resumo Edición Nº 468 - 16 de Julio de 2021

Fuente: lavozdegalicia.es 16.07.2021

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